En el marco de este Observatorio se recopilan las Autorizaciones Ambientales Integradas (AAI) de las fábricas integrales de cemento existentes en España, es decir, aquellas instalaciones que cuentan con horno de clínker y molienda.
Se han analizado las resoluciones correspondientes a 32 fábricas, ubicadas en 14 comunidades autónomas, que incluyen operaciones de valorización material y energética. Todas ellas están alineadas con la normativa vigente en los ámbitos comunitario, estatal y autonómico.
La siguiente tabla recoge las autorizaciones vigentes a mayo de 2026. Al hacer clic en cada comunidad autónoma, se accede a la web de la consejería competente. Asimismo, al hacer clic en cada resolución, puede consultarse el texto legal correspondiente.
Limitaciones contenidas en las Autorizaciones
La Decisión de la Comisión de 26 de marzo de 2013, por la que establecen las conclusiones sobre las mejores técnicas disponibles (MTD) para la fabricación del cemento, recoge los requisitos para utilización de residuos en cementeras.
Además, las AAI incluyen limitaciones respecto a la procedencia de los residuos a valorizar energéticamente:
- Los residuos deben ser preparados de forma previa por gestores autorizados.
- Se refleja la jerarquía de residuos establecida en la normativa vigente, existiendo restricciones en la utilización de residuos para los que existan otras alternativas de reciclado material.
- En contraposición con lo recogido en la Directiva marco de residuos, algunas autorizaciones todavía establecen limitaciones a la recepción de residuos procedentes de otras Comunidades Autónomas.
Se incluyen otras limitaciones referidas a la composición y morfología de los residuos, que varían en función de las características del horno y composición de las materias primas empleadas (granulometría, poder calorífico, contenido en compuestos químicos, etc.).
Se fijan limitaciones con relación a los porcentajes máximos de sustitución, requisitos de operación de los hornos y emisiones del proceso de combustión.
